Procedimiento para realizar solicitud de Examen supletorio
Publicado el 05/03/2025 08:50 AM por ingelectronica
Nos permitimos informar, que la realización de supletorio se fundamenta en los artículos 119 y 120 del Reglamento estudiantil.
ARTÍCULO 119. Examen Supletorio. Es la prueba oral o escrita que debe realizar un estudiante cuando no pudo cumplir con la fecha y hora programada por un docente para realizar un examen ordinario.
PARÁGRAFO. Los exámenes supletorios tienen un costo, que será fijado por el Consejo Superior.
ARTÍCULO 120. La solicitud hecha para Examen Supletorio será presentada al Director de Programa dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha del examen ordinario, acompañada de los comprobantes que fundamentan la petición.
Para realizar un examen Supletorio usted debe solicitar autorización a la Dirección de Programa, teniendo en cuenta el siguiente procedimiento:
- Solicitud mediante comunicación, dirigida a la Dirección de Programa de Ingeniería Electrónica solicitando la autorización del supletorio a través del formato para la solicitud de supletorio publicado en https://cogui-old.unimagdalena.edu.co/index.php?option=com_samco&id=2538&task=descargar&no_html=1, en el cual adicionalmente debe indicar los motivos por los cuales no pudo asistir, el plazo para ello es hasta tres(3) días hábiles siguientes a la fecha de realización del examen regular. Esta solicitud debe ser radicada enviado un correo electrónica o gestiondocumental@unimagdalena.edu.co, para que le sea asignado un número de radicado.
- Anexar a la comunicación el pago correspondiente por concepto de supletorio, ya que sin este recibo no se revisará la solicitud. El recibo debe ser generado desde la página web https://pse.unimagdalena.edu.co/Volante/Index/180 Valor $34.700
- Anexar a la comunicación un documento soporte, donde se justifique la causa por la cual no pudo asistir al parcial en la fecha establecida
- En caso de que la no asistencia sea por incapacidad médica, esta debe estar en el formato único de incapacidad médica expedida por Bienestar Universitario. Si usted tiene una incapacidad expedida por cualquier entidad médica, debe acercarse al consultorio médico de Bienestar Universitario y solicitar la transcripción de la incapacidad.
- Recuerde que el pago del supletorio no garantiza su autorización.
*Es importante aclarar que no se autorizarán supletorios extemporáneos